En
Argentina no existen restricciones para que los viajeros ingresen obras de arte,
traídas por ellos y sin fines comerciales.
Pero, si el precio de la obra excede los U$S 300,
el turista debe pagar
en la aduana el 50 % del excedente de esa franquicia. Es decir, que si la obra
costó U$S 1000, se pagará un impuesto de U$S 350.
Sin embargo, si el autor vive o falleció dentro
de los últimos 50 años, el turista tiene la opción de confiar la obra a los depósitos
fiscales de la Aduana, mientras gestiona el trámite de aplicación de franquicia,
en la Dirección de Artes Visuales de la Secretaría de Cultura y Comunicación de
la Nación (Moreno 711, 7º piso, de 11 a 16 hs; Tel. 4342-7396). Con esto, sólo
se pagará el 50 % del IVA que se aplica a la obra. El trámite es gratuito, tarda
una semana y se le da un plazo máximo de 30 días para iniciarlo. Deberá completar
3 formularios, presentar factura de compra, detallar los datos del autor y describir
las medidas y la técnica de la obra (aguafuerte, grabado, escultura en mármol,
etcétera).
A partir de 1996, cuando se sancionó la Ley Nº
24.633 y, un año más tarde el Decreto
1321, los turistas que quisieron dejar el
país con alguna pintura enrollada en el bolso, se dieron cuenta de que no era
tan fácil. Desde entonces, cualquier obra que esté en este suelo pertenece al
patrimonio nacional, así se trate de una pieza en serie, se compre en una galería
de arte o a un revendedor de San Telmo.
Este trámite -el mismo que realizan los artistas
plásticos argentinos cuando participan de exposiciones en el exterior- es más
extenso. Como los tres formularios que deben completarse están en castellano,
los turistas pueden contratar un tercero que los asista, previa autorización
certificada ante escribano público.
Si el exportador es el propio autor, él mismo puede
tasar sus obras, de lo contrario serán tasadas en el Banco Ciudad
o deberá presentarse una factura de compra.
Los papeles deberán presentarse en el subsuelo
de la Avda. Alvear 1690, de 10 a 16 hs., junto con un sobre que contenga dos fotos
o fotocopias color de las obras en cuestión. El trámite tarde 10 días si el autor
está vivo o murió hace menos de 50 años.Y tardará más si es anónimo o más
antiguo.